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Artículo
El siguiente artículo del Dr Daniel Enrique Butlow es muy instructivo,
además de estar escrito con fina ironía y gracia. Por ello le servirá a quien
quiera pasar un momento divertido, como a quien quiera entender las funciones,
responsabilidades y problemática de los profesionales de la construcción.
La referencia del subtítulo a la “Restauración de fachadas” entiendo
que hace exclusivamente a facilitar la comparación con las “Fachadas”
curvilíneas femeninas. Pero les aclaro que lo que aprenderán les servirá para
su proyecto, construcción o refacción.
Le agradezco al Dr. Butlow su autorización para reproducir su artículo,
cosa que hago en su totalidad para no desvirtuarlo. Sólo he resaltado en rojo
algunas partes destacadas.
COMPARACIONES ODIOSAS
Restauración de fachadas vs Reciclaje
de lolas
Desde tiempos lejanos y muy probablemente influenciados por lo que escribió
Marco Vitrubio en sus “10 libros de arquitectura” (Año 4 A.C.) los
arquitectos primero y los ingenieros después han sentido la necesidad de
comparar sus relaciones profesionales con la labor que desarrollan los médicos.
Más recientemente Walter Gropius, el creador de la Bauhause, vuelve a tocar
este tema en su libro “Alcances de la arquitectura integral”, haciéndolo
también Wrigth en su obra “El futuro de la Arquitectura” y Le Corbusier en
“La casa del hombre”. En nuestro medio disponemos de un libro de Livingston
titulado “Cirugía de casas”, de diversos tratados sobre patología de la
construcción y hasta de estudios sobre casas que enferman y diagnósticos sobre
envejecimientos prematuros de la construcción.
Ha llegado a mis manos un estudio sobre mastoplastía aumentativa con
inclusión mamaria, que a los fines comprensivos traduzco libremente como “reciclaje
de lolas” y es mi intención efectuar la odiosa comparación sobre la
responsabilidad que surge de esta intervención quirúrgica, con la
responsabilidad que asume un arquitecto o ingeniero cuando restaura una fachada
edilicia.
1) ROLES PROFESIONALES
Un cirujano actúa en su obra como proyectista, director de obra y
constructor de la misma. Dichos roles se encuentran confundidos y permitidos.
Para un arquitecto en cambio, se encuentra prohibido por las normas de ética
ejercer la dirección de obra y a la par ser contratista total o parcial.
Además, asumir el carácter de constructor le genera inmediatamente la calidad
de responsable por las normas de higiene y seguridad del trabajo y empleador de
los obreros de la construcción, lo cual puede ocurrir incluso sin que el
profesional se haya dado cuenta, como sucede por ejemplo en la dirección
ejecutiva de la provincia de Buenos Aires y en la conducción técnica de la
provincia de Santa Fe.
2) TRABAJO EN EQUIPO
En caso de mala praxis un paciente ofendido ejercitará su
acción contra la Obra Social, contra el Sanatorio u Hospital donde fue atendido
y contra los integrantes del equipo médico que lo operaron. El arquitecto o
ingeniero es muy probable que estén solos a la hora de las responsabilidades o
que compartan su soledad con las firmas que han suscripto en la encomienda
profesional o en los planos municipales.
3) SEGUROS
Casi todos los profesionales médicos se encuentran
asegurados. Casi todos los profesionales de la
construcción no poseen seguro. Sucede que las compañías
aseguradoras son empresas comerciales y no uniones de benevolencias y socorros
mutuos.
4) PROYECTO
No existen leyes que determinen cuál es el contenido de un
proyecto de operación y mucho menos que obliguen al cirujano a registrar o a
aprobar este proyecto.
Por el contrario las leyes arancelarias y los Códigos de
Edificación y Planeamiento determinan los contenidos mínimos del proyecto que
debe ser aprobado o cuanto menos registrado por el Poder de Policía de la
Edificación.
5) DIRECCIÓN DE OBRA
No existiendo proyecto registrado para la operación resulta
muy difícil inculpar a un médico cirujano por errores en su dirección de
obra. Es todo lo contrario de lo que sucede en materia de direcciones de obra de
arquitectura o ingeniería, donde encontrándose definida la dirección de obra
como el control de la fiel interpretación de los planos, resulta muy sencillo
descubrir el incumplimiento.
6) PUBLICIDAD DE LOS ACTOS
Jamás se ha visto en ninguna sala de operaciones un “cartel
de obra”indicando quien esta a
cargo de la operación, cual es su domicilio y cual es el expediente en el que
se aprobó el proyecto. Es todo lo contrario de lo que sucede con los
profesionales de la construcción que en sus carteles de obra jamás hacen
aparecer el nombre del comitente de la misma o del dueño del terreno donde la
obra se levantará.
7) RESULTADO CIENTIFICO
Más allá de que algunos consideren a la arquitectura como
una ciencia (Alvar Aalto) y otros no (Lucio Costa), ningún profesional de la
construcción se atrevería a hacerle firmar a su comitente lo que indica el
punto 5 de la Disposición 1245/795 AMAT que todo candidato a operación debe
firmar obligatoriamente. El texto de este consentimiento informado para
operaciones de cirugía plástica dice “soy consciente que la práctica de
la medicina y la cirugía no es una ciencia exacta y reconozco que a pesar de
que el cirujano me ha informado adecuadamente del resultado deseado de la
operación, no se me ha garantizado el éxito ni
la obtención del mismo"
8) VICIOS
Proyectista, director de obra y constructores son,
arquitectónicamente hablando, responsables por los
vicios de la construcción, que pueden darse en el proyecto, en la ejecución de
la obra y que pueden ser aparentes u ocultos. Es cierto que también
un cirujano plástico responde por los vicios de la operación, pero claro está
que previo a la operación (disposición 1245/795 AMAT) el
paciente debe firmar un consentimiento por el cual declara saber que dicha
intervención quirúrgica puede provocarle inflamación, decoloración de la
piel, trastornos de la conducción nerviosa periférica, hemorragias y otras
complicaciones propias de la anestesia.
9) RUINA
De acuerdo al artículo 1646 del Código Civil, constructor,
proyectista y director responden por ruina parcial o
total por un plazo de hasta 10 años posteriores al recibo de la obra.
Dicha ruina puede provenir de vicios de suelo, de vicios de construcción o
vicios de materiales. Esto no ocurre en la cirugía plástica donde el paciente
debe firmar (punto c de la disposición 1245/795 AMAT) el texto que se
transcribe: “se me ha informado que ante la
comprobación de la ruptura del implante, el mismo debe ser extirpado
incluyendo la cápsula fibrosa que lo rodea pudiéndose recambiar o no la
prótesis en el mismo acto quirúrgico según sea el caso”.
10) VARIACIÓN DEL PROYECTO
Por disposición del artículo 1633 bis del Código Civil, el
empresario no podrá variar el proyecto de la obra sin permiso por escrito del
dueño. Exactamente lo contrario sucede en el caso de las operaciones de
cirugía plástica donde el paciente declara con anticipación que durante el
curso de la operación pueden surgir condiciones imprevistas o extras o
diferentes a las acordadas anteriormente, facultándose entonces al cirujano
plástico a realizar todas las intervenciones necesarias y deseables a su juicio
profesional para resolver la situación planteada, naturalmente a costa del
intervenido quirúrgicamente.
Advertí en el título de este artículo aquella verdad de
Perogrullo que señala que todas las comparaciones son odiosas, pero a la luz
del principio constitucional según el cual, todos
los habitantes son iguales ante la ley, el
examen que se ha realizado parece arrojar una injusticia. El
propio Wright enseñó en sus libros que los médicos podían enterrar sus
errores, mientras que los arquitectos sólo podían plantar enredaderas. Al
margen de que nadie ha podido plantar enredaderas sobre un proyecto, creo que
las enredaderas del siglo XXI son el conocimiento, el estudio y por supuesto los
buenos y nuevos contratos de arquitectura.
Por Daniel Enrique Butlow (*)
butlow@arquilegal.com
(*)Profesor titular honorario de arquitectura e ingeniería
legal de las Universidades Nacionales de La Rioja y San Juan. Huésped de honor
de la Universidad Nacional del Sur.
Miembro del Consejo Honorario Vitalicio de la Federación Panamericana de
Asociaciones de Arquitectos (FPAA).
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