Mi Futura Casa

Boletín Nro 9        29 de Julio/2002
Queremos ayudarlo a tener mejor calidad de vida
Editor: Eduardo Córdoba - Desde Buenos Aires - República Argentina


Boletín GRATUITO por email con recomendaciones, noticias y opiniones para asistir a aquellas personas que encomendarán la construcción de su hogar, durante el complejo proceso de obra; y para que luego al habitarlo superen sus expectativas de confort. También para quienes busquen una casa ya construida.

Esta publicación se envía sólo a aquellas personas que se inscriban por email en:
mi-futura-casa-alta@eListas.net
Si usted la recibió sin pedirla es porque algún conocido sugirió que se la enviemos para que evalúe si se inscribirá. Ningún dato de los suscriptores se suministrará a terceros.


INDICE DE ESTE NUMERO: 

  - Encuesta

  - Casas sagaces y sensatas

  - Una nueva ley para la solución de disputas, sin llevar a juicio al constructor


COMENTARIO INICIAL: 

Cambiamos la empresa distribuidora del boletín

Hace pocos días trasladamos la base de datos del boletín a la empresa eListas.
Esperamos haber efectuado la operación, sin provocar molestas a los inscriptos.
Estamos buscando ofrecer mejoras y nuevos servicios.

Por ello nos atrasamos un poco con esta edición


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Encuesta:

¿Cuándo considera usted que debiera ser abonado el saldo de los honorarios de la Dirección de Obra?

Lamentablemente las personas que respondieron a la encuesta fueron menos de las esperadas.
Es una sola pregunta y se responde con un simple click. No hace falta estar conectado a internet ya que se genera un email automático (no hay que completar nada). La próxima vez que usted envíe cualquier email, nuestra respuesta también saldrá.
Posteriormente informaremos los resultados. Gracias por colaborar.

Agradeceré responder a esta pregunta desde el punto de vista de un propietario que encarga construir. En caso que el suscriptor sea profesional de la construcción, no lo haga desde la función de Dirección de Obra.

Pregunta:
¿Cuándo considera usted que debiera ser abonado el saldo de los honorarios de la Dirección de Obra?

a) En la fecha que dice el contrato que debe terminar la obra. Suponemos que la constructora logró cumplir con esta fecha. 

b) En fecha posterior a la anterior, cuando la constructora termine con todas las observaciones de detalles y que además se entregue la documentación final (planos, garantías, instrucciones) y que se compruebe que el edificio cumple con las exigencias Municipales.

c) Desconozco o me es indiferente. 

Haga CLICK en la respuesta que escoja, y envíe el email tal cual queda redactado. O también puede adjuntar en el cuerpo del mensaje sus comentarios. GRACIAS!



Artículo:
Casas sagaces y sensatas

Su mujer terminó de acostar a los chicos y usted, con una pulsación larga de un interruptor del living, apagó el televisor, y las luces del hall, living, comedor, de la pileta.
También se bajaron las persianas que habían quedado levantadas.

Durante la noche el sistema sensó la humedad de la tierra en el jardín y luego se accionaron los regadores del pasto.

A las 6,30 hs la radio se prendió en su estación favorita y el locutor le informó el pronóstico meteorológico. Al ingresar al baño a ducharse, se encendieron la luz y el extractor.

En ese momento usted era el único despierto de la familia, sin embargo en su casa variadas acciones estaban teniendo lugar.
La cafetera y la tostadora preparaban el desayuno.
Y cuando saliera del baño, quizás encontraría algunas persianas levantadas, dependería de la época del año y la nubosidad.
Finalmente cuando salió del baño, se apagó la luz. El extractor quedó funcionando por otros quince minutos.

Esa tarde, la llamaron a su mujer al trabajo avisando que uno sus hijos no se sentía bien. Antes de ir al colegio a buscarlo, por teléfono se comunicó con su casa y encendió la calefacción mediante una clave telefónica.

¿De que se trata?

Lo relatado anteriormente, es una pequeña parte de las funciones posibles de un sistema de control "inteligente" existente, desarrollado en la Argentina y también comercializado en otros países latinoamericanos.

Hablo de la firma DOMOTIC del ingeniero argentino Fernando Otero Barreira. (Para comunicarse con el: domotic@arnet.com.ar  )

Es un sistema de control programable, que integra, con mucha flexibilidad, sensores de movimiento, de humedad, de viento, de sonido, de humo, de temperatura, de nivel de iluminación, órdenes telefónicas, órdenes por teclas en las habitaciones, relojes, etc.

Todos, o algunos de éstos, son los estímulos que serán recibidos y analizados por un "cerebro" programable. De acuerdo a esa integración de información la casa adoptará las acciones a seguir. Esto se conoce como la Domótica.

Por ejemplo:

Puedo programar que en un cuarto, la luz se prenda cuando entro pero sólo si en el exterior está oscuro.

Que la calefacción no se prenda si no hay nadie en la casa. O que funcione sólo en aquellos ambientes que están en uso. O que se prenda una hora antes de que suelo llegar a mi casa. Luego el día que sé que llegaré mas temprano, la encenderé por teléfono.

Que cuando la casa está vacía y es de noche, cada cierto tiempo se prendan y apaguen distintas luces del interior para simular que está ocupada.

Puedo monitorear por teléfono el sonido ambiental de las habitaciones cuando la casa está vacía y verificar que la alarma está conectada.

¿Cómo comenzar?

Para que el sistema pueda ser bien aprovechado y con un menor costo de instalación, debe ser concebido junto con el proyecto de la casa.
El proyecto de la instalación eléctrica (cañerías, cableado y sensores) y el de calefacción y aire frío debieran diseñarse juntamente con el sistema Domótico.

No obstante, también puede instalarse en refacciones o remodelaciones de casas o edificios.
Sólo implicará mayores roturas y costos.
Aquí la conveniencia de adoptar el sistema la puede evaluar un profesional.

Resumiendo los items que se pueden controlar son:

- Confort
- Control de iluminación
- Control de electrodomésticos
- Climatización (frío y calor)
- Persianas, toldos, cortinas, etc.
- Seguridad y alarmas
- Vigilancia con cámaras de TV
- Detección de incendios
- Automatización
- Regado de césped
- Cambio de agua de la pileta, filtrado.
- Iluminación ornamental
- ... y los que se le ocurra.

Accesibilidad total

Una de las cosas maravillosas que tiene este sistema es la doble función y flexibilidad que tienen los pulsadores.

Imaginen un pulsador (la simple tecla de pared que tienen para encender la luz) que está ubicado en su dormitorio en el primer piso.

El sistema inteligente reconoce de esa tecla si usted la pulsa en forma corta o hace una pulsación larga. De esa manera está dando dos instrucciones diferentes. ¡Es como si hubiera dos teclas! Pero ahora viene lo mejor.

Usted puede programar ese pulsador (por ejemplo la pulsación larga), para encender la cafetera que está en la otra punta de la casa, o abrir el portón vehicular o prender determinadas luces del inmueble.

Y esta programación la puede hacer todas las veces que quiera, para que haga distintas cosas.

Es decir: si un día se me ocurre accionar un elemento distante desde cualquier tecla NO DEBO RECABLEAR ya que el cerebro del sistema está conectado con todas las salidas. ¡Sólo debo dar la orden y listo!

Funciones secretas

En el caso que usted quisiera dificultar el accionamiento de una orden, puede hacerlo programando que sea necesario apretar dos teclas simultáneamente.

Esto es útil para accionar una alarma de intrusos, o alguna operación que ignore la empleada, o que los niños no puedan prender algún artefacto determinado.

Para cualquier consulta a DOMOTIC : domotic@arnet.com.ar 

Continuaremos en otro número contando sobre esta interesante tecnología y sus costos.

Eduardo Córdoba - Ingeniero Civil

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Artículo de prensa internacional

Una nueva ley para la solución de disputas, sin llevar a juicio al constructor

De The Baltimore Sun, escrito por Kenneth R. Harney 23 de Junio/02

La legislatura del estado de Washington estableció un sistema para resolver sensatamente las disputas por defectos de construcción entre compradores de casas y constructores. Esta ley, que entró en vigor el 13 de Junio, fundamentalmente especifica un período de "curación" para la reparación de los defectos o llegar a un acuerdo económico antes de que el comprador pueda demandar al constructor.

En estos momentos se está intentando que esta misma ley se adopte en todos los estados. El proceso funcionaría de la siguiente manera:
Suponga que usted compra una casa nueva y comienza a encontrar problemas.
El piso de concreto del garaje se fisuró, el siding (revestimiento exterior) del muro está algo curvado, los clavos están comenzando a saltar, y usted encontró insectos que taladran la madera.

Otro ejemplo sería:
Usted compró una unidad en un importante y lujoso condominio recientemente vendido.
El consejo de administración del consorcio emitió un listado de problemas de construcción y fue abordado por una firma de abogados que ofrece demandar a la constructora con honorarios supeditados a la sentencia.

Pero de acuerdo con el nuevo modelo de resolución de disputas, ni usted individualmente ni el consorcio pueden ir inmediatamente a la corte.
Primero hay un período obligatorio de 45 días, durante el cual usted tiene que notificar por escrito al constructor de su intención de demandarlo.
Cuando el constructor se notifica, tiene 21 días para inspeccionar los defectos, ofrecer repararlos de inmediato o pagarle a usted por los daños que reclama.
Si el constructor escoge inspeccionar el inmueble, tiene un plazo máximo de 14 días luego de la inspección para ofrecer reparar los defectos sin ningún costo para usted o de terminar la disputa con una compensación económica.
Si usted encuentra la oferta o las reparaciones inaceptables, entonces puede demandar.

Tom McCabe, vicepresidente de la Building Industry Association de Washington, cuenta que este modelo de resolución de disputas fue impulsado por la erupción de costosos juicios iniciados en ese estado y en California.

El riesgo de enormes fallos contra constructores - especialmente desarrolladores inmobiliarios - motivó a que las compañías de seguros rehusaran cubrir los contratos o elevaran drásticamente los premios.

En muchos casos los juicios fueron entablados por abogados trabajando con honorarios supeditados a la sentencia sin previa notificación a las constructoras y sin ofrecerles la oportunidad de inspección y reparación. En algunos condominios los propietarios individuales ni siquiera fueron consultados previamente.

"Todo lo que pedimos es que se nos dé la oportunidad de reparar antes de que usted vaya a la corte" dijo McCabe "Díganos lo que está mal. Déjenos mirarlo y veremos si podemos resolver su reclamo. Si no queda bien, entonces siga adelante y demande"

McCabe dice "Después de todo,¿ por qué ir a la corte para cerrar el asunto dos años mas tarde, si usted lo puede arreglar ahora -bajo un plazo con obligación legal- sin costo, y sin hacer intervenir abogados? Y si usted no queda conforme, aún puede ir a juicio.


Comentario sobre ésta ley de Washington :
Me pareció muy ilustrativa la muy actual reglamentación por diversas razones.

- Queda claro que la construcción de un inmueble tiene cierta complejidad y es común que luego de la entrega existan detalles a subsanar.

- La relación entre propietarios y constructores es muchas veces conflictiva, y esto que leímos ocurre hasta en "el primer mundo".

- Conocer esta realidad, debe hacerle al propietario tomar ciertas precauciones: escoger bien a los proyectistas y directores de obra, consultar con profesionales, planear los contratos; y en los casos que contratan la construcción y la dirección de obra a una misma empresa, contratar a un tercero las auditorias de obra.


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Manejo de garantías por vicios de obra.  Pericias.
Inspector de casas en construcción y en operaciones de compra venta.


 

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